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Latin America Dashboard Digest | La Agencia de Acceso a la Información Pública sanciona a la Policía Federal Argentina por incumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales   Related reading: Reducing risks and valuing compliance with the European Data Protection Seal under the GDPR 

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El pasado 5 de febrero de 2020, la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP, por sus siglas) sancionó a la Policía Federal Argentina (PFA), luego de haber tomado conocimiento de un incidente de seguridad en el que algunos individuos no identificados habrían filtrado escuchas telefónicas, legajos y huellas digitales en poder de la PFA. Basado en la información aportada, se desprendió, entre otras cosas, que ciertas dependencias policiales utilizaron casillas de correo comerciales, como Hotmail o Gmail, en lugar de correos institucionales para transmitir información confidencial. Esta conducta resulta violatoria a lo dispuesto en el Artículo 10 de la Ley de Protección de Datos Personales (LPDP). Asimismo, la AAIP dispuso que la PFA incumplió con las disposiciones del Artículo 9 en cuanto a las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales. Por último, la PFA no se expidió en tiempo y forma respecto de la información solicitada. Por lo expuesto, la AAIP aplicó a la PFA la sanción de tres (3) apercibimientos, configurados de la siguiente manera: un apercibimiento por haber incumplido el deber de seguridad contenido en el Artículo 9 de LPDP; un apercibimiento por haber incumplido el deber de confidencialidad contenido en el Artículo 10 de LPDP; y un apercibimiento por no haber proporcionado, en tiempo y forma, la información solicitada por la AAIP.      
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