El cibercrimen es un problema que afecta cada vez más a las personas, las empresas, los servicios y las infraestructuras de Argentina.
Considerado lo anterior, el Ministerio de Seguridad de la Nación tomó medidas para mejorar la prevención, la detección, la investigación y el castigo de los delitos que se cometen en el ciberespacio.
Estas medidas se basan en dos resoluciones que explicamos a continuación.

Creación de la Unidad de Inteligencia Artificial Aplicada a la Seguridad (UIAAS)

En el marco de la
Resolución N.º 428/2024, el Ministerio de Seguridad de la Nación creó la Unidad de Inteligencia Artificial Aplicada a la Seguridad (UIAAS, por sus siglas) (Resolución N.º 710/2024).
Esta unidad tiene como objetivo principal usar tecnologías de inteligencia artificial para mejorar la capacidad de las fuerzas de seguridad en el ciberespacio.

¿Cuáles son las funciones y alcances de la UIAAS?

La UIAAS fue creada para aprovechar las tecnologías emergentes en inteligencia artificial, permitiendo a las fuerzas de seguridad, entre otras cosas, lo siguiente:

  • Patrullaje de redes sociales y sitios de Internet, incluyendo la «dark web» (web oscura): para investigar delitos e identificar a los autores, además de detectar situaciones de riesgo grave.
  • Detección de patrones y amenazas cibernéticas: a través del análisis de redes informáticas, para prevenir phishing, malware y otros ciberataques.
  • Vigilancia aérea con drones y desactivación de explosivos con robots: colaborando con el patrullaje en áreas extensas, vigilancia aérea y mejorando la seguridad operativa en situaciones de riesgo.
  • Análisis de transacciones financieras sospechosas: para detectar posibles actividades delictivas relacionadas con el lavado de dinero o la financiación del terrorismo.
  • Análisis en tiempo real de imágenes de cámaras de seguridad: utilizando algoritmos avanzados para analizar datos históricos, prever y prevenir posibles delitos.

El Ministerio de Seguridad de la Nación señaló que la creación de la UIAAS está alineada con las prácticas internacionales en el uso de tecnologías de inteligencia artificial para la seguridad, y que países como Estados Unidos, China, Reino Unido, Israel, Francia y Singapur ya han implementado sistemas similares, que han demostrado ser efectivos en la modernización de sus fuerzas de seguridad y en la mejora de la protección de sus ciudadanos; agregando que Argentina, al integrar estas tecnologías, busca fortalecer su capacidad de respuesta ante los desafíos que presenta el cibercrimen y las amenazas emergentes.

Lineamientos de actividades preventivas en el ciberespacio

Por otro lado, la misma Resolución N.º 428/2024 del Ministerio de Seguridad de la Nación, estableció lineamientos que tienen como objetivo proporcionar herramientas investigativas a las fuerzas policiales y de seguridad federales para la prevención de delitos en el ciberespacio (en adelante, los «Lineamientos»).

Las actividades preventivas que las fuerzas de seguridad deben llevar a cabo en el ciberespacio están estrictamente limitadas al uso de fuentes digitales abiertas y no sensibles, es decir, medios y plataformas de información y comunicación digital de acceso público que no comprometan la privacidad de las personas.

El Ministerio de Seguridad considera que los ciberdelitos son una manifestación delictiva en constante expansión que afecta cada día a más personas físicas y jurídicas, economías, sistemas, servicios, e infraestructuras críticas. Asimismo, en consecuencia, es necesario generar mecanismos coordinados y proactivos para la investigación por parte de las fuerzas policiales y de seguridad federales.

¿Cuáles son los delitos abordados y la metodología preventiva?

Los Lineamientos establecen un enfoque coordinado y proactivo para la prevención de una amplia gama de delitos en el ciberespacio, tales como:

  • Delitos e infracciones relacionados con drogas.
  • Amenaza o extorsión para la publicación de imágenes o datos sin consentimiento.
  • Delitos relacionados con acoso sexual y abuso infantil.
  • Trata de personas.
  • Lavado de dinero y financiación del terrorismo.
  • Otros delitos que puedan detectarse a través del ciberespacio.

Al mismo tiempo, estos Lineamientos proporcionan directivas y prohibiciones, entre las que podemos nombrar:

  • Restricción al uso de fuentes abiertas: las fuerzas de seguridad solo pueden utilizar fuentes digitales abiertas, sin acceder a información clasificada o sensible que pudiera comprometer la privacidad de los individuos.
  • Cumplimiento de la legislación vigente: las actividades preventivas deben estar en plena conformidad con la Constitución Nacional, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, las leyes nacionales y sus reglamentaciones.
  • Protección de datos, menores y derechos humanos: el protocolo prohíbe la recolección y tratamiento de datos sensibles (como, por ejemplo, raza, fe religiosa u opinión política), el tratamiento de publicaciones de menores sin autorización judicial, y prohíbe la interferencia con derechos constitucionales como la libertad de expresión.
  • Destrucción de información no judicializada: cualquier información recopilada que no sea utilizada en un proceso judicial debe ser destruida, asegurando la protección de la privacidad.
  • Supervisión y auditoría: se establecen mecanismos para la seguridad, trazabilidad y auditoría de los informes generados, y se exige la adecuación y supervisión del uso de tecnologías avanzadas por parte del Ministerio de Seguridad.

Estas resoluciones buscan mejorar la eficacia de las fuerzas de seguridad y fortalecer la seguridad y protección de sus ciudadanos a través de herramientas tecnológicas en el marco de las normas que establecen la protección de derechos fundamentales y de los lineamientos establecidos por las autoridades del país.

Diego Fernandez es socio de la firma argentina Marval O’Farrell Mairal y es asimismo miembro del IAPP Advisory Board.