La denuncia contra el Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual de la Argentina (en adelante, «el INPI») fue presentada ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales de la Agencia de Acceso a la Información Pública, por violación al deber de seguridad y confidencialidad de los datos personales.
En particular, la denuncia indicaba que al realizar una consulta a través del sitio web del INPI, cualquier persona puede acceder a la grilla digital de un expediente y, con ello, también a información del solicitante de una marca, como, su nombre y apellido, CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria), domicilio, dirección de correo electrónico y teléfono, sin su previo consentimiento y sin que resulte aplicable excepción alguna prevista en la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326, agregando que, a partir de tal acceso, cualquier tercero podría elaborar bases de datos conteniendo dichos datos personales, lo cual excedería la finalidad para la cual fueron exhibidos originalmente, es decir, cumplir con la publicidad registral de las solicitudes de marcas.
En respuesta a la denuncia, el INPI manifestó su imposibilidad de intervenir en la administración del sistema de Gestión Documental Electrónica, un sistema utilizado por toda la administración pública nacional de la Argentina, el cual replica el expediente en su totalidad. En consecuencia, manifestó que procedería a suprimir la carátula de la totalidad de los expedientes digitales accesibles a través de su sitio web.