Mediante la Resolución Nº 86/2019, la AAIP aprobó la Guía sobre tratamiento de datos personales con fines electorales, fijando lineamientos básicos para asegurar la integridad y la protección de los datos personales ante los procesos eleccionarios.
La guía está destinada principalmente a las agrupaciones, organizaciones políticas, candidatos, think tanks, consultores y toda otra persona o agrupación que procese datos personales con el fin de realizar o contribuir en una campaña electoral.
Asimismo, la guía no implica un cambio respecto de la regulación existente, sino que sirve para recordar los principios generales establecidos por la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326 y sus normas reglamentarias, pero pensado de forma específica para el contexto de las campañas electorales. En ese sentido, recuerda que los datos que revelen opiniones políticas y/o la afiliación a una organización política son considerados datos sensibles, que pueden ser tratados de forma legítima cuando medie consentimiento del titular del dato.
La guía divide su análisis en once áreas: (i) principios fundamentales de protección de datos personales, (ii) inscripción, (iii) derechos de los titulares de datos, (iv) consentimiento, (v) opiniones políticas, (vi) afiliación a una organización política, (vii) datos públicos en redes sociales, foros y plataformas web, (viii) propaganda electoral en redes sociales, plataformas de mensajería y otros servicios web, (ix) datos básicos, (x) prestación de servicios informatizados, y (xi) seguridad y confidencialidad.Por último, la Resolución Nº 86/2019 recuerda que esta guía debe ser interpretada y complementada con la lectura íntegra de la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326, el Convenio Nº 108 para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, y las resoluciones dictadas por la AAIP.
La guía aparece como anexo al final de la resolución que se encuentra aquí.