TOTAL: {[ getCartTotalCost() | currencyFilter ]} Update cart for total shopping_basket Checkout

The Privacy Advisor | Nueva autoridad de aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales en Argentina Related reading: MedData data breach lawsuit settled for $7M

rss_feed

""

Desde el año 2001 y a través del Decreto N° 1558/2001, que reglamenta la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (la Dirección) se desempeñó como órgano de control de la ley. También se desempeñó como autoridad de aplicación de la Ley Nº 26.951 que regula el Registro Nacional No Llame.

Relacionado con esto último, el artículo 19 de la ley Derecho de Acceso a la Información Pública Nº 27.275 creó la Agencia de Acceso a la Información Pública (la Agencia), como su autoridad de aplicación. La Agencia es un ente autárquico que operará con autonomía funcional en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Sus principales funciones serán las de velar por el cumplimiento de los principios y procedimientos establecidos en la ley, así como también garantizar el acceso a la información pública y promover medidas de transparencia.

Recientemente, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 746/2017 modificó el artículo 16 la Ley de Ministerios e incorporó como función del Jefe de Gabinete de Ministros la de garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y de controlar la aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales.

En igual sentido, el Decreto Nº 746 también modificó el artículo 19 del Derecho de Acceso a la Información, estableciendo que la Agencia deberá actuar además como autoridad de aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales. En ese sentido, estableció como función de la Agencia la de fiscalizar la protección integral de los datos personales para garantizar el derecho al honor y a la privacidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre ellas se registre.

Por otro lado, el Decreto Nº 899/2017 sustituyó al artículo 29 del Anexo I del Decreto Nº 1558/2001, que designó a la Dirección como la autoridad de aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales, estableciendo que es ahora la Agencia la nueva autoridad de aplicación de la ley. Asimismo, dispuso que toda referencia a la Dirección, su competencia o sus autoridades, debe ser considerada a la Agencia.

Es posible sostener que, en parte, la designación de la Agencia como autoridad de aplicación de las leyes de Protección de Datos Personales y del Registro Nacional No Llame, en su carácter de órgano autárquico e independiente, responde a observaciones realizadas por la Unión Europea al reconocer a Argentina como país adecuado para la transferencia internacional de datos personales, en tanto en esa oportunidad se remarcó la falta de independencia que tenía la Dirección.

La ley de Derecho de Acceso a la Información Pública aún no ha sido reglamentada y existe cierta incertidumbre sobre si la Dirección conservará o no alguna función respecto de la Ley de Protección de Datos Personales.

Comments

If you want to comment on this post, you need to login.