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Latin America Dashboard Digest | Nueva reglamentación de la transferencia internacional de datos personales en Argentina Related reading: EDPB issues guidance on EU-US Data Privacy Framework redress processes

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Mediante la Disposición 60 – E/2016, publicada el 16 de noviembre en el Boletín Oficial, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP, por sus siglas) aprueba nuevas reglas para la transferencia internacional de datos personales. Actualmente, la Ley de Protección de Datos Personales de Argentina regula las transferencias internacionales en el Artículo 12 de la Ley 25.326. Se prohíben las transferencias de datos a países no adecuados. Con anterioridad a la nueva norma que comentamos, no se requería aprobación previa por la DNPDP y no existía un modelo de contrato aprobado por la DNPDP como sí sucedía en Europa con las cláusulas contractuales tipo. La DNPDP ofrecía analizar los borradores de contratos. En la práctica se solía usar un modelo que seguía, muy de cerca, el formulario aprobado en Europa, conforme se podía concluir, de los dictámenes de la DNPDP, que sugerían modificaciones a los contratos presentados.
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