La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los plazos de conservación de los datos personales estarán sujetos a lo que la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados establece, en el sentido de que deberán atender a las disposiciones aplicables a la materia de que se trate. El Pleno de la SCJN también reiteró el criterio establecido en asuntos relativos a los Estados de Michoacán y Sinaloa, al validar los artículos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Guanajuato, donde se prevén casos en los cuales se limita el derecho a la protección de datos personales.
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