En un fallo reciente, en línea con decisiones anteriores, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal volvió a reconocer el derecho que tienen los organismos públicos a no proporcionar datos personales sensibles frente a pedidos de acceso a la información pública, reconociendo que el derecho de acceso a la información pública puede ceder, bajo la fundamentación correspondiente y de acuerdo con las excepciones previstas por la Ley de Acceso a la Información Pública, en ciertos supuestos.
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