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Latin America Dashboard Digest | La Agencia de Acceso a la Información Pública publica documento sobre protección de datos personales y geolocalización en tiempos de COVID-19   Related reading: Garante publishes guidance on online patient privacy safeguards

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La Agencia de Acceso a la Información Pública (en adelante, “la Agencia”) publicó un documento informando cómo deben tratarse los datos personales para el uso de herramientas de geolocalización, especialmente ante la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus, o COVID-19. En ese sentido, la Agencia recuerda que la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y el Convenio 108 no prohíben el monitoreo de la ubicación de las personas en la medida en que se implementen medidas de tratamiento de datos que respeten el derecho humano a la privacidad de las personas. A tal fin, enumera los principios fundamentales que se aplican al uso de herramientas de geolocalización y tracking (rastreo), ya sea que dichas herramientas sean empleadas por el sector público, el sector privado o por ambos en colaboración: en general, el documento recuerda el régimen aplicable a los datos personales sensibles y los fines esenciales de la ley-sobre todo la calidad del dato, la finalidad de su recolección y su eliminación en tiempo oportuno-, describe quiénes normalmente recopilan datos de ubicación de las personas y/o su desplazamiento, recuerda los principios generales para la cesión de los datos como así también que el régimen no resulta aplicable a los datos disociados, y los requisitos de seguridad aplicables; recomendando la realización de una Evaluación de Impacto en la Protección de Datos (EIPD, por sus siglas).    
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