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La Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ha creado el Observatorio Nacional de Big Data.

El 8 de junio de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 11-E/2017 (Resolución) de la Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Secretaría) que crea el Observatorio Nacional de Big Data (Observatorio).

La Resolución se dicta en el entendimiento de que el Big Data, conceptualizado por la propia norma como el conjunto de datos de gran volumen, alta velocidad y/o alta variedad de información generados a través de la red y mediante el uso de dispositivos inteligentes, que demandan nuevas formas de procesamientos y que inciden en la toma de decisiones y en la optimización de procesos, permite anticiparse a acontecimientos futuros y, en algunos casos, predecirlos con escaso margen de error. En tal sentido, la Resolución destaca que el análisis de datos masivos resulta en una mejor gestión en términos de eficiencia y eficacia, principios fundamentales de la administración pública, generando, además de un mayor y mejor servicio al ciudadano, un ahorro sustancial en costes, derivado de un mejor aprovechamiento de los recursos.

La Resolución crea el Observatorio Nacional de Big Data (“Observatorio”), el cual tiene por objeto:

-      analizar la evolución de la tecnología de Big Data;
-      estudiar el marco regulatorio del uso de datos personales y su relación con el desarrollo y promoción de Big Data;
-      promover y crear plataformas públicas seguras y sustentables de Big Data para innovación y nuevas aplicaciones dentro y fuera del Estado;
-      establecer intercambios con Estados provinciales y municipales, pequeñas y medianas empresas, emprendedores y microemprendedores en la implementación y uso de Big Data;
-      analizar riesgos y formular normas orientadas a un uso sustentable del Big Data;
-      promover el uso de Big Data en seguridad pública y en la lucha contra el delito.

El Observatorio se encuentra a cargo de la Secretaría, la que dictará las normas aclaratorias, complementarias y modificatorias que resulten necesarias para la instrumentación de la presente.

Adicionalmente, se podrá suscribir convenios con otras áreas y dependencias estatales, organismos internacionales, cámaras empresariales, asociaciones gremiales y sindicales, universidades nacionales y organizaciones no gubernamentales, organismos y entidades técnicas y académicas.

A su vez, la Resolución establece que el Observatorio trabajará de manera coordinada con las áreas competentes de los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos –como ser la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales-, Modernización y de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, pudiendo conformar grupos de trabajo específicos.

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