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El 4 de julio de 2017, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires presentó el Sistema Aerostático de Vigilancia -un sistema de video vigilancia a través de un globo aerostático de altura- que generó discusiones relacionadas con el derecho a la privacidad y la posibilidad de que este proyecto implicara una violación a otros derechos constitucionales.

De acuerdo a declaraciones de los funcionarios, el Sistema Aerostático de Vigilancia emplea un mecanismo de observación desde un globo con cámaras que tienen un ángulo de visión de 360 grados, visión diurna y nocturna y que trasmiten imágenes en tiempo real. Sería utilizado para monitorear las entradas y salidas de la Ciudad de Buenos Aires, así como también para eventos masivos.

Las autoridades aún no brindaron información acerca de la cantidad de globos de video vigilancia involucrados en la iniciativa, qué tecnología emplean y cómo fueron adquiridos. Tampoco informaron cómo serán utilizados los globos, qué medidas serán tomadas para proteger la privacidad de los ciudadanos, ni si se realizaron estudios de factibilidad y análisis de impacto previos.  

Las preocupaciones en torno al derecho a la privacidad y la protección de los datos personales se deben principalmente a que (i) los globos tienen capacidad masiva para recopilar información y (ii) podrían recolectar información de manera indiscriminada, sin distinguir qué información es necesaria y qué información resulta excesiva, ni entre espacios públicos y espacios privados. En consecuencia, existen interrogantes acerca de cómo podrían cumplir con su objetivo de proporcionar mayor seguridad, sin afectar los derechos de las personas involucradas.

Resulta de interés destacar que este caso no es el primero en la región. En 2015, dos municipios de Santiago de Chile instalaron sistemas de video vigilancia que empleaban globos con cámaras con 360 grados de visión. Estos sistemas fueron cuestionados por diversas asociaciones de derechos civiles, que plantearon una acción judicial. En 2016, la Corte Suprema de Chile estableció que los sistemas de video vigilancia podían continuar operando aunque reconoció que en determinadas circunstancias podrían afectar la privacidad de los ciudadanos. En consecuencia, estableció que las municipalidades debían tomar medidas para proteger la privacidad de las personas involucradas. Estas medidas incluían limitar los espacios grabados, realizar inspecciones del material registrado, destruir las grabaciones que no resulten de utilidad tras un tiempo limitado y proporcionar acceso a las grabaciones (la decisión se encuentra disponible en el siguiente enlace).

Frente al pedido de distintas asociaciones, se espera que en las próximas semanas el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires brinde mayor información.

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