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The Privacy Advisor | Acción de clases involucra datos personales de los docentes en Argentina Related reading: Evolving privacy law 'exciting' for IAPP Westin Scholar

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La justicia de la Ciudad de Buenos Aires revocó una medida cautelar que ordenaba al Gobierno local abstenerse de requerir ciertos datos personales a los docentes.

El tribunal de apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires dejó sin efecto una medida cautelar solicitada por la Unión de Trabajadores de la Educación que ordenaba al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a abstenerse de requerir ciertos datos personales que, según la UTE, afectaban la intimidad de sus representados.

Dentro del marco de una acción de clases, la UTE requirió el dictado de una medida cautelar a fin de que el sistema informático que administra a los docentes de la Ciudad de Buenos Aires dejara de requerir cierta información, en el entendimiento de que ese pedido violaba la intimidad de los docentes porque se estarían requiriendo de datos sensibles.

Frente a la apelación del GCBA, la Cámara de Apelaciones hizo lugar parcialmente al recurso de apelación y sostuvo que lo manifestado y acompañado por la UTE no era suficiente para tener por acreditada la verosimilitud del derecho necesaria a los fines de conceder la medida cautelar.

Para así decidir, consideró que los datos incorporados al sistema informático no quedaban alcanzados por la definición de datos sensibles del artículo 3 de la Ley N° 1.845 que los define como aquellos datos personales que revelan origen racial o étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual. Además, destacó la vaguedad de la prueba acompañada.

El caso es relevante en lo que, por un lado, analiza la protección de datos personales sensibles de los docentes y, por otro, porque la discusión se desarrolla dentro del marco de una acción colectiva de clases, lo cual, respecto de la protección de datos personales, es algo poco común en la Argentina. 

 

 

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